Información Importante sobre este Folleto
Sus depósitos asegurados es una descripción integral de la cobertura del seguro de depósito de la FDIC para las categorías de titularidad de cuenta más comunes. Este folleto no pretende ser una interpretación legal de las leyes y normativa de laFDIC. para más información o información más específica sobre la cobertura del seguro de depósito de la FDIC, consulte la Ley Federal de GaranTía de los Depósitos (12 U.S.C.1811 et seq.) y las normas de la FDIC relativas a la cobertura del seguro de depósito descrita en 12 C.F.R. Parte 330.
La información contenida en este folleto está basada en las leyes y normativa de la FDIC en vigor a la fecha de publicación. Esta normativa se puede modificar, y por lo tanto, parte de la información en este folleto puede dejar de ser pertinente. la versión en línea de este folleto, disponible en el sitio web de la FDIC en www.fdic.gov/quicklinks/spanish.html, se actualizará inmediatamente si se realizan cambios que afecten la cobertura del seguro de la FDIC.
Los depositantes deben tomar nota de que la ley federal limita expresamente el monto del seguro que la FDIC puede pagar a los depositantes cuando un banco asegurado quiebra y en ningún caso puede una persona u organización, por medio de su representación, incrementar o modificar ese monto.
Este folleto no sirve como asesoramiento a los propósitos de planificación de la sucesión hereditaria.
Los depositantes deben consultar con un asesor legal o financiero si necesitan asistencia sobre este tema.
A los efectos de simplificación, este folleto utiliza el término "banco asegurado" para referirse a cualquier institución financiera que esté asegurada por la FDIC. para averiguar si un banco o asociación de ahorros específico tiene el seguro de la FDIC:
- Llame gratis a la FDIC al: 1-877-275-3342
- Use el servicio de "búsqueda de bancos" de la FDIC en: https://banks.data.fdic.gov/bankfind-suite/bankfind
- Busque el símbolo de la FDIC en los sitios donde se realizan depósitos
¿Qué es la FDIC?
La FDIC – siglas en inglés de Federal Deposit Insurance Corporation – es una agencia independiente del gobierno de los Estados Unidos. la FDIC protege a los depositantes de bancos ubicados en los Estados Unidos contra la pérdida de sus depósitos si un banco asegurado quiebra.
Cualquier persona o entidad puede tener seguro de depósito de la FDIC en un banco asegurado. No es necesario ser ciudadano o residente de los Estados Unidos para recibir el seguro de depósito de la FDIC.
El seguro de la FDIC está respaldado por la confianza plena y el crédito del gobierno de los Estados Unidos. Desde que la FDIC comenzó operaciones en 1934, ningún depositante ha perdido un sólo centavo de sus fondos asegurados por la FDIC.
Conceptos Básicos sobre la Cobertura de la FDIC
El seguro de la FDIC cubre las cuentas de los depositantes en cada banco asegurado, dólar por dólar, incluidos el principal y cualquier interés acumulado hasta la fecha del cierre del banco asegurado inclusive, hasta el límite del seguro.
El seguro de la FDIC cubre todos los tipos de depósitos recibidos en un banco asegurado pero no cubre inversiones, aunque estas se hayan adquirido en un banco asegurado.
Lo que Cubre la FDIC
- Cuentas de cheques
- Cuentas NOW (de orden negociable de retiro)
- Cuentas de ahorros
- Cuentas de depósito Money Market (MMDA)
- Depósitos a plazo como certificados de depósito (CDs)
- Cheques de caja, giros postales y otros elementos oficiales emitidos por un banco
Lo que No Cubre la FDIC
- Inversiones en acciones
- Inversiones en bonos
- Fondos mutuos
- Pólizas de seguro de vida
- Anualidades
- Títulos municipales
- Cajas de seguridad ni el contenido de las mismas
- Obligaciones, bonos o pagarés del Tesoro de EE.UU.*
*Estas inversiones están respaldadas por la confianza plena y el crédito del gobierno de EE.UU.
El monto estándar del seguro de depósito es $250,000 por depositante, por banco asegurado para cada distinta categoría de titularidad de cuenta.
La FDIC asegura por separado los depósitos que una persona tenga en un banco asegurado de los depósitos que la misma persona tenga en otro banco asegurado. por ejemplo, si una persona tiene una cuenta corriente en el Banco A y otra cuenta corriente en el Banco B, ambas cuentas se asegurarían por separado hasta $250.000. los fondos depositados en sucursales diferentes del mismo banco asegurado no se asegurarán por separado.
La FDIC ofrece cobertura por separado para fondos que los depositantes tengan bajo categorías diferentes de titularidad legal. la FDIC llama a las distintas categorías "categorías de titularidad." Esto significa que un cliente bancario que tiene múltiples cuentas puede tener derecho a una cobertura de más de $250,000 de seguro de depósito si los fondos del cliente están depositados en categorías de titularidad diferentes y se satisfacen los requisitos de cada categoría de titularidad.
Categorías de Titularidad
Esta sección describe las siguientes categorías de titularidad de la FDIC y los requisitos que debe cumplir un depositante para poder recibir cobertura más allá de los $250,000 en un banco asegurado:
- Cuentas individuales
- Ciertas cuentas de jubilación
- Cuentas conjuntas
- Cuentas de fideicomiso revocable
- Cuentas de fideicomiso irrevocable
- Cuentas de planes de beneficios para empleados
- Cuentas de corporaciones/sociedades/asociaciones no incorporadas
- Cuentas del gobierno
Cuentas Individuales
Una cuenta individual es una cuenta de depósito que pertenece a una sola persona. Esta categoría de titularidad incluye:
- Una cuenta que esté a nombre de una sola persona, siempre y cuando el titular no haya designado beneficiarios que tengan derecho de recibir los fondos cuando fallezca el titular de la cuenta
- Cuentas que se hayan establecido para una sola persona por un agente, persona designada, tutor, custodio o conservador, incluidas las cuentas de la Ley de Transferencia Uniforme a Menores, cuentas de depósito en garanTía y cuentas mantenidas por un corredor de depósitos
- Cuentas que estén a nombre de un negocio establecido como negocio propio (por ejemplo, una cuenta DBA, o "Doing Business As")
- Cuentas establecidas para, o en representación de, los fondos de una persona fallecida, comúnmente llamadas cuentas de sucesión hereditaria
- Cualquier cuenta que no cumpla los requisitos necesarios para recibir cobertura por separado bajo otra categoría de titularidad
Si el Título de una cuenta identifica solamente a un titular, pero otra persona tiene derecho a retirar fondos de la cuenta (p.ej., por poder legal o como custodio), la FDIC asegurará la cuenta como cuenta de titularidad individual.
La FDIC suma el total de todas las cuentas de titularidad individual de una misma persona en un mismo banco y asegura el total hasta $250,000.
Nota sobre Beneficiarios: Si el titular en una cuenta individual ha designado a uno o más beneficiarios para recibir el depósito cuando fallezca el titular de la cuenta, la cuenta se asegurará como cuenta de fideicomiso revocable.
Ejemplo 1: Cuentas Individuales
TíTulo de la Cuenta | Tipo de DepóSito | Account Balance |
---|---|---|
Marcia Cruz | MMDA | $15,000 |
Marcia Cruz | Cuenta de Ahorros | $20,000 |
Marcia Cruz | Certificado de DepóSito (CD) | $200,000 |
Recuerdos de Marcia (Negocio Propio) | Cuenta de Cheques | $25,000 |
Total | $260,000 | |
Monto Asegurado | $250,000 | |
Monto No Asegurado | $10,000 |
Explicación
Marcia Cruz tiene cuatro cuentas individuales en el mismo banco asegurado, incluyendo una cuenta a nombre de su negocio, que es un negocio propio. la FDIC asegura los depósitos que son propiedad de un negocio propio como una cuenta individual del dueño de la empresa. la FDIC combina las cuatro cuentas, que son igual a $260,000 y asegura el saldo total hasta $250,000, lo que deja $10,000 no asegurado.
Ciertas Cuentas de Jubilación
Una cuenta de jubilación se asegura bajo la categoría de titularidad de ciertas cuentas de jubilación sólo si la cuenta corresponde a uno de los siguientes tipos:
- Cuentas de jubilación individual:
- Cuentas IRA tradicionales
- Cuentas IRA Roth
- Cuentas IRA simplificadas de jubilación para empleados (SEP)
- Cuentas IRA de plan de ahorros con equiparación para empleados (SIMPLE)
- Cuentas de plan autodirigido de contribución definida
- Planes autodirigidos 401(k)
- Cuentas IRA SIMPLE autodirigidas mantenidas en forma de planes 401(k)
- Planes autodirigidos de contribución definida en los que se distribuyen las ganancias
- Cuentas del plan Keogh autodirigidas (o cuentas del plan H.R. 10) diseñadas para trabajadores autónomos
- Las cuentas del plan de compensación diferida Sección 457, como los planes de compensación diferida elegibles proporcionados por los gobiernos locales y estatales sin importar si son autodirigidas o no
La FDIC suma el total de las cuentas de jubilación enumeradas arriba propiedad de la misma persona en el mismo banco asegurado y asegura el monto total hasta $250,000.
La FDIC usa el término "autodirigidas" para indicar que los participantes del plan tienen el derecho de dirigir cómo se invierte el dinero, incluida la opción de indicar que los depósitos se coloquen en un banco asegurado por la FDIC.
La FDIC considerará que una cuenta es autodirigida si el participante del plan de jubilación tiene el derecho de elegir las cuentas de depósito de un banco en particular como una opción de inversión. por ejemplo:
- En el caso de que un plan tenga, como opción de inversión por defecto, sus cuentas de depósito en un banco asegurado específico, la FDIC consideraría que el plan es autodirigido para los propósitos del seguro porque, por inacción, el participante ha dirigido sus depósitos a dicho fin
- Si un plan está formado por un solo empleador/empleado y el empleador establece el plan con una única opción de inversión en cuentas de depósito en un banco específico asegurado, el plan se consideraría como autodirigido para los propósitos de la cobertura del seguro
Los siguientes tipos de depósitos no cumplen los requisitos como ciertas cuentas de jubilación:
- Un plan para el que el único vehículo de inversión son las cuentas de depósito de un banco específico, de modo que los participantes no tienen una opción de inversiones
- Cuentas de depósito establecidas bajo la sección 403(b) del código del Internal Revenue (contratos de anualidades para ciertos empleados de escuelas públicas, organizaciones exentas de impuestos y ministros religiosos), que se aseguran como cuentas de plan de beneficios para empleados
- Depósitos de planes de beneficios definidos (planes en los que los beneficios están determinados por la compensación financiera, años de servicio y edad del empleado), que se aseguran como cuentas de plan de beneficios para empleados
- Planes de contribución definida no autodirigidos, los cuales se aseguran como cuentas de plan de beneficios para empleados
- Cuentas de ahorros educativos Coverdell (antes conocidas como IRA educativas), cuentas de ahorros para la salud o cuentas de ahorros médicos (vea la sección de preguntas y respuestas para una orientación a la cobertura del seguro de depósito)
Nota sobre Beneficiarios: Aunque algunas cuentas de jubilación autodirigidas, como las ira, permiten al titular nombrar a uno o más beneficiarios, la existencia de beneficiarios no aumenta la cobertura del seguro de depósito disponible.
Ejemplo 2: Ciertas Cuentas de Jubilación
Título de la Cuenta | Saldo de la Cuenta |
---|---|
Cuenta IRA Roth de Roberto Díaz | $110,000 |
Cuenta IRA Tradicional de Roberto Díaz | $75,000 |
Total | $185,000 |
Monto Asegurado | $185,000 |
Monto No Asegurado | $0 |
Explicación
Roberto Díaz tiene dos diferentes tipos de cuentas de jubilación que pertenecen en la categoría de titularidad de ciertas cuentas de jubilación en un mismo banco asegurado. la FDIC suma los depósitos en ambas cuentas, que suman $185,000. Como el total de todas las cuentas de jubilación de Roberto en el mismo banco es inferior a $250,000, los depósitos en su IRA están totalmente asegurados.
Cuentas Conjuntas
Una cuenta conjunta es un depósito propiedad de dos o más personas, sin ningún beneficiario designado. El seguro de la FDIC cubre las cuentas conjuntas mantenidas de acuerdo con las leyes aplicables del estado, tales como las de titulares conjuntos con derecho de supervivencia, las de derecho de propiedad en beneficio del cónyuge superviviente y las de cotitulares.
Para ser elegible para la cobertura del seguro en esta categoría de titularidad, se deben cumplir todos los requisitos a continuación:
- Todos los cotitulares deben ser personas. las entidades legales, como corporaciones, fideicomisos, sucesiones hereditarias o asociaciones no son elegibles para la cobertura de cuentas conjuntas.
- Todos los cotitulares deben tener los mismos derechos para retirar depósitos de la cuenta. por ejemplo, si un cotitular puede retirar depósitos con solo su firma pero el otro cotitular necesita ambas firmas para retirar depósitos, los cotitulares no tendrían los mismos derechos de retiro.
- Todos los cotitulares deben firmar la tarjeta de firma de cuentas de depósito, a menos que la cuenta sea un certificado de depósito (CD) o que haya sido establecida por un agente, persona designada, tutor, custodio, albacea o conservador.
Si se cumplen todos estos requisitos, las participaciones de cada cotitular en todas las cuentas conjuntas que tengan en un mismo banco asegurado se suman al resto de las participaciones de cada cotitular en sus otras cuentas conjuntas del mismo banco y el total se asegura hasta $250,000.
La FDIC supone que las participaciones de todos los cotitulares son iguales a no ser que los registros de la cuenta de depósito indiquen lo contrario.
El saldo de una cuenta conjunta puede exceder los $250,000 y seguir estando completamente asegurado. por ejemplo, si dos cotitulares tienen un certificado de depósito (CD) conjunto por un total de $350,000 y una cuenta de ahorros conjunta por un total de $150,000 en el mismo banco asegurado, las dos cuentas se sumarían y se asegurarían hasta $500,000, lo que otorgaría una cobertura de seguro de $250,000 para cada cotitular. Este ejemplo supone que ninguno de los cotitulares tiene más cuentas conjuntas en el mismo banco.
No hay ningún requisito de parentesco para recibir cobertura en cuentas conjuntas. Dos personas cualesquiera o más que tengan fondos en común pueden recibir cobertura del seguro bajo la categoría de cuentas conjuntas siempre y cuando se cumplan los requisitos listados anteriormente.
La cobertura de seguro de cuentas conjuntas no se incrementará si se cambia el orden de los nombres de los titulares o si se cambia el Título en los nombres. Tampoco se verá afectado el monto de la cobertura de seguro si se alterna el uso de "o", "y" o "y/o" para separar los nombres de los cotitulares en un Título de cuenta conjunta.
Nota sobre Beneficiarios: Si los cotitulares de una cuenta de titularidad conjunta han designado a uno o más beneficiarios para recibir el depósito al fallecer dichos cotitulares, la cuenta se asegurará como cuenta de fideicomiso revocable.
Ejemplo 3: Cuentas Conjuntas
Título de la Cuenta Tipo | De Depósito | Saldo de la Cuenta | Participación por Titular |
---|---|---|---|
María y Juan Díaz | MMDA | $230,000 | $115,000 |
María o Juan Díaz | Cuenta de Ahorros | $300,000 | $150,000 |
María o Juan o Roberto Díaz | Certificado de Depósito (CD) | $270,000 | $90,000 |
Total | $800,000 |
La Cobertura de Seguro para Cada Titular se Calcula del Siguiente Modo:
Titulares | Total de Todas las Participaciones por Titular | Monto Asegurado | Monto No Asegurado |
---|---|---|---|
María | $355,000 | $250,000 | $105,000 |
Juan | $355,000 | $250,000 | $105,000 |
Roberto | $90,000 | $90,000 | $0 |
Total | $800,000 | $590,000 | $210,000 |
Explicación
- La suma total en cada cuenta conjunta se divide por el número de cotitulares.
- La participación por titular correspondiente a María en todas las cuentas conjuntas es 1/2 de la cuenta MMDA ($115,000), 1/2 de la cuenta de ahorros ($150,000), y 1/3 del CD ($90,000), por un total de $355,000. Ya que su cobertura en la categoría de titularidad conjunta está limitada a $250,000, $105,000 no están asegurados.
- La participación por titular correspondiente a Juan en todas las cuentas conjuntas es la misma que la de María, por lo tanto $105,000 de los depósitos de Juan no están asegurados.
- La participación por titular correspondiente a Roberto en todas las cuentas conjuntas es 1/3 del certificado de depósito, o $90,000, por lo tanto, su participación está totalmente asegurada.
Cuentas de Fideicomiso Revocable
Esta sección explica la cobertura del seguro de la FDIC para cuentas de fideicomiso revocable y no pretende servir como asesoramiento ni guía a los propósitos de planificación de una sucesión hereditaria. los depositantes deberían consultar con un asesor legal o financiero si necesitan asistencia sobre la planificación de una sucesión hereditaria.
Una cuenta de fideicomiso revocable es una cuenta de depósito propiedad de una o más personas que identifica a uno o más beneficiarios que recibirán los depósitos tras la muerte del titular, o titulares. Un fideicomiso revocable se puede revocar, cancelar o cambiar en cualquier momento, a discreción de los titulares. En esta sección, el término "titular" se usa para referirse al fideicomitente o al otorgante del fideicomiso revocable.
La designación de fideicomisarios o fiduciarios, cofiduciarios y fiduciarios sucesores no tiene nada que ver con la cobertura del seguro de depósito. Éstos son administradores y no se tienen en cuenta al calcular la cobertura del seguro de depósito.
Esta categoría de titularidad incluye los fideicomisos revocables formales e informales:
- Fideicomisos revocables informales—a menudo llamados cuentas pagaderas al fallecer (o POD), fideicomisos Totten, en fideicomiso para (o ITF) o como fiduciario para (o ATF), son creados cuando el titular de la cuenta firma un acuerdo—generalmente parte de la tarjeta de firmas del banco—en el que se dan instrucciones al banco para transferir los fondos en la cuenta a uno o más beneficiarios identificados tras la muerte del titular.
- Fideicomisos revocables formales—conocidos como fideicomisos activos o familiares—son fideicomisos escritos creados a los propósitos de la planificación de la sucesión hereditaria. El titular controla los depósitos y otros activos del fideicomiso durante su vida. El acuerdo establece que los depósitos se pagan a uno o más beneficiarios identificados tras la muerte del titular. El fideicomiso generalmente se vuelve irrevocable al fallecer el titular.
Cobertura y Requisitos para Cuentas de Fideicomiso Revocable
En general el titular de una cuenta de fideicomiso revocable está asegurado hasta $250,000 por cada beneficiario diferente por separado, si se cumplen todos los requisitos a continuación:
- El título de la cuenta en el banco debe indicar que la cuenta se ha establecido de conformidad con una relación fiduciaria. Este requisito se cumple utilizando los términos pagadero al fallecer (o POD), en fideicomiso para (o ITF), como fiduciario para (o ATF), fideicomiso activo, fideicomiso familiar, o en lenguaje similar en el Título de la cuenta, incluyendo tan solo el uso de la palabra "fideicomiso". El Título de la cuenta incluye la información que se encuentre en los registros bancarios electrónicos de la cuenta de depósito.
- Los beneficiarios deben estar identificados en los registros de la cuenta del banco (en el caso de fideicomisos revocables informales) o en el documento del fideicomiso revocable formal. para un acuerdo de fideicomiso formal es aceptable usar en el fideicomiso lenguaje como "mi descendencia" u otros términos legales usados a menudo para describir las personas que son los beneficiarios designados, siempre que los nombres específicos y el número de beneficiarios elegibles se pueda determinar.
- Para ser elegible como beneficiario, éste debe ser una persona viva, una organización benéfica o una organización sin fines de lucro. Si se nombra como beneficiario a una organización benéfica o sin fines de lucro, debe ser elegible como tal bajo los criterios del Internal Revenue Service (IRS).
Es necesario que se cumplan todos estos requisitos para que se pueda asegurar una cuenta bajo la categoría de titularidad de fideicomiso revocable. por lo general, si no se cumple alguno de estos requisitos, el monto total de la cuenta, o la parte de la cuenta que no sea elegible, se suma al resto de las cuentas individuales del titular, si las tiene, en el mismo banco y se asegura hasta $250,000. Si el fideicomiso tiene múltiples cotitulares, la participación de cada titular del monto no elegible se trata como la cuenta de titularidad individual de ese titular.
La cobertura del seguro para cuentas de fideicomiso revocable se puede calcular de diferente manera dependiendo del número de beneficiarios nombrados por un titular, los intereses de los beneficiarios y el monto del depósito.
Se utilizan dos métodos de cálculo para determinar la cobertura de seguro de los depósitos en un fideicomiso revocable: Un método se emplea sólo cuando el titular de un fideicomiso nombra a cinco beneficiarios o menos. El otro método se usa sólo cuando un titular tiene seis o más beneficiarios.
Si un fideicomiso tiene más de un titular, la cobertura del seguro de cada uno se calcula por separado.
Cobertura de Fideicomiso Revocable - Cinco o Menos Beneficiarios Diferentes
Cuando el titular de un fideicomiso nombra a cinco beneficiarios o menos, los depósitos del fideicomiso del titular están asegurados hasta $250,000, para cada uno de los beneficiarios.
Esto se aplica a los intereses combinados de todos los beneficiarios nombrados por el titular en todas las cuentas de fideicomiso revocable formales e informales en un mismo banco. Cuando hay cinco beneficiarios o menos, la cobertura del monto máximo estándar del seguro de depósito para cada titular del fideicomiso se calcula multiplicando $250,000 por el número de beneficiarios, sea cual sea el valor monetario o asignación de porcentaje a cada uno de los beneficiarios. por lo tanto, un fideicomiso revocable con cinco beneficiarios diferentes se asegura por hasta $1,250,000.
Cobertura Máxima del Seguro para El Titular de Un Fideicomiso Cuando Tiene Cinco Beneficiarios Diferentes o Menos
Número de Beneficiarios Diferentes | Cobertura Máxima del Seguro |
---|---|
1 Beneficiario | $250,000 |
2 Beneficiarios | $500,000 |
3 Beneficiarios | $750,000 |
4 Beneficiarios | $1,000,000 |
5 Beneficiarios | $1,250,000 |
Ejemplo 4: Cuentas Pod de Un Titular con Cinco Beneficiarios Diferentes o Menos
Título de la Cuenta | Titular | Beneficiarios | Tipo de Depósito | Saldo de la Cuenta |
---|---|---|---|---|
Luis Díaz POD | Luis | David, Janet | MMDA | $10,000 |
Luis Díaz POD | Luis | David, Janet | Cuenta de Ahorros | $20,000 |
Luis Díaz POD | Juan | David, Janet | Certificado de Depósito (CD) | $470,000 |
Total | $500,000 | |||
Monto Asegurado | $500,000 | |||
Monto No Asegurado | $0 |
Explicación
Luis Díaz tiene tres cuentas de fideicomiso revocable en el mismo banco asegurado. para cada una de estas cuentas, Luis ha nombrado a los mismos dos beneficiarios individuales. El máximo de cobertura del seguro para estas cuentas se calcula como $250,000 multiplicado por dos beneficiarios, lo que equivale a $500,000. Luis Díaz está completamente asegurado.
Ejemplo 5: Múltiples Cuentas de Fideicomiso Revocable con Cinco Beneficiarios Diferentes o Menos
Número de la Cuenta | Título de la Cuenta | Beneficiarios de la Cuenta | Saldo de la Cuenta |
---|---|---|---|
1 | Fideicomiso Activo de Pablo y Lisa Luna | Juan y Sara Luna | $700,000 |
2 | Lisa Luna (POD) | Sara y Tony Luna | $450,000 |
Titular | Beneficiarios | Participación del Titular | Monto Asegurado | Monto No Asegurado |
---|---|---|---|---|
Pablo | Juan, Sara | $350,000 | $350,000 | $0 |
Lisa | Juan, Sara, Tony | $800,000 | $750,000 | $50,000 |
Total | $1,150,000 | $1,100,000 | $50,000 |
Explicación
Cuando el titular de un fideicomiso revocable nombra a cinco beneficiarios o menos, la participación del titular de cada cuenta del fideicomiso se suma, y el titular recibe hasta $250,000 de cobertura por cada beneficiario.
- Participación de Pablo: $350,000 (50% de la cuenta nº 1)
- Participación de Lisa: $800,000 (50% de la cuenta nº 1 y 100% de la cuenta nº 2)
Puesto que Pablo nombra a dos beneficiarios, la máxima cobertura que recibirá será de $500,000 ($250,000 por dos beneficiarios). Puesto que su participación en la cuenta nº 1, $350,000, es menor de $500,000, está asegurado por completo.
Puesto que Lisa nombra a tres beneficiarios entre las dos cuentas, la máxima cobertura que recibirá es de $750,000 ($250,000 por tres beneficiarios). Puesto que su participación en ambas cuentas, $800,000, supera los $750,000, tendrá $50,000 no asegurado.
Cobertura del Seguro para Un Fideicomiso Revocable - Seis Beneficiarios o Más
Intereses iguales como beneficiarios
Cuando el titular de un fideicomiso nombra a seis beneficiarios o más y todos tienen el mismo interés en el fideicomiso (o sea, cada beneficiario recibe exactamente la misma cantidad), el cálculo se realiza de la misma manera que en los fideicomisos revocables que nombran a cinco beneficiarios o menos. El titular del fideicomiso recibe cobertura del seguro hasta $250,000 por cada uno de los beneficiarios. Como se muestra a continuación, en el caso de un titular y seis beneficiarios, en el que todos los beneficiarios tienen el mismo interés como beneficiarios, la cobertura máxima del seguro sería hasta $1,500,000.
Cobertura Máxima del Seguro para Cada Titular de Un Fideicomiso Revocable con Seis Beneficiarios Diferentes o Más Que Tengan los Mismos Intereses
Número de Beneficiarios Diferentes | Cobertura Máxima del Seguro |
---|---|
6 Beneficiarios con los Mismos Intereses | $1,500,000 |
7 Beneficiarios con los Mismos Intereses | $ 1,750,000 |
8 Beneficiarios con los Mismos Intereses | $ 2,000,000 |
9 Beneficiarios con los Mismos Intereses | $ 2,250,000 |
10+ Beneficiarios con los Mismos Intereses | Agregue Hasta $250,000 para Cada Beneficiario Adicional |
Intereses desiguales como beneficiarios
Cuando el titular de un fideicomiso revocable nombra a seis beneficiarios o más y los beneficiarios no tienen intereses iguales (es decir, que reciben distintas cantidades), los depósitos del fideicomiso revocable del titular estarían asegurados hasta la mayor de estas dos cantidades: (1) la suma del interés real de cada beneficiario en los depósitos del fideicomiso revocable hasta $250,000 por cada uno de los beneficiarios; o (2) una cobertura mínima de $1,250,000.
Determinar la cobertura del seguro puede ser complejo cuando un fideicomiso revocable tiene seis o más beneficiarios diferentes con intereses desiguales. para obtener información sobre una cobertura mayor de la cobertura mínima de $1,250,000 por titular, póngase en contacto con la FDIC usando la información de contacto al final de este folleto.
Dato Clave de la FDIC
Un titular que identifique a un beneficiario como alguien con un usufructo vitalicio en un fideicomiso revocable formal tiene derecho a recibir cobertura del seguro hasta el $250,000 para ese beneficiario. Un beneficiario con usufructo vitalicio es un beneficiario que tiene derecho a recibir ingresos del fideicomiso o a usar los depósitos del fideicomiso a lo largo de su vida mientras que otros beneficiarios reciben el resto de los depósitos del fideicomiso después de la muerte del beneficiario con usufructo vitalicio.
Por ejemplo: Un esposo es el único titular de un fideicomiso activo que proporciona a su esposa un interés con usufructo vitalicio en los depósitos del fideicomiso, y tras la muerte de la esposa lo que quede irá a sus dos hijos. El máximo de cobertura del seguro para esta cuenta se calcula de la siguiente manera: $250,000 multiplicado por tres beneficiarios distintos, es igual a $750,000.
Cuentas de Fideicomiso Irrevocable
Las cuentas de fideicomiso irrevocable son depósitos mantenidos en conexión con un fideicomiso establecido por un estatuto o por un acuerdo de fideicomiso por escrito en el cual el titular (también conocido como fideicomitente u otorgante) aporta depósitos u otra propiedad al fideicomiso y renuncia a todo poder de cancelar o cambiar el fideicomiso. Un fideicomiso irrevocable puede originarse al fallecer un titular de un fideicomiso revocable.
Una cuenta de fideicomiso revocable que se convierte en una cuenta de fideicomiso irrevocable debido a la muerte del titular del fideicomiso podría seguir estando asegurada bajo las reglas de los fideicomisos revocables. por lo tanto, en un caso así, se pueden aplicar las reglas en la sección de fideicomisos revocables, y no esta sección, para determinar la cobertura.
Los intereses de un beneficiario en todas las cuentas de depósito bajo un fideicomiso irrevocable establecido por el mismo otorgante y mantenido en el mismo banco asegurado se suman y se aseguran en conjunto hasta $250,000, tan solo si se cumplen todos los requisitos a continuación:
- El fideicomiso debe tener validez en conformidad con las leyes estatales
- Los registros de cuentas de depósito del banco asegurado deben revelar la existencia de la relación fiduciaria
- Los beneficiarios y sus intereses en el fideicomiso se deben identificar en los registros de depósito del banco o en los registros del fideicomisario
- El monto del interés de cada beneficiario no debe ser contingente, según lo establecido por la normativa de la FDIC
Si el otorgante retiene un interés en el fideicomiso, entonces el monto del interés retenido del otorgante se sumaría a todas las otras cuentas individuales, si tiene, en el mismo banco asegurado y el total se aseguraría hasta $250,000.
Por ejemplo, si el otorgante de un fideicomiso irrevocable está vivo, y el fideicomiso estipula que los bienes del fideicomiso pueden usarse o por el otorgante o en nombre del mismo, se consideraría que el otorgante retiene un interés en el fideicomiso. por lo tanto, esta cuenta de fideicomiso irrevocable no se aseguraría bajo la categoría de fideicomiso irrevocable, sino como un depósito de titularidad individual que el otorgante tiene en el mismo banco, y el total se aseguraría por hasta $250,000.
Dato Clave de la FDIC
Puesto que los fideicomisos irrevocables suelen incluir condiciones que afectan los intereses de los beneficiarios o confieren a un fideicomisario o beneficiario la autoridad para utilizar el capital, el seguro de depósito para una cuenta de fideicomiso irrevocable suele estar limitado a $250,000.
Si un titular o fideicomisario de una cuenta de fideicomiso irrevocable tiene inquietudes en relación con las disposiciones del fideicomiso, debe buscar asesoramiento legal o financiero.
Cuentas de Planes de Beneficios para Empleados
Una cuenta de un plan de beneficios para empleados es un depósito de un plan de jubilación, plan de reparto de utilidades u otro plan de beneficios para empleados no autodirigido. Una cuenta asegurada bajo esta categoría debe satisfacer la definición de "plan de beneficios para empleados" en la sección 3(3) de la Ley de Seguridad del Ingreso de Jubilación del Empleado (ERISA, por sus siglas en inglés) de 1974, con la excepción de aquellos planes que califican bajo la categoría de titularidad de "ciertas cuentas de jubilación." la FDIC no asegura el plan mismo, sino que asegura las cuentas de depósito que pertenecen al plan.
Existen requisitos adicionales para la cobertura:
- Las decisiones relativas a las inversiones y la gestión de la cuenta deben ser controladas por un administrador del plan (no autodirigidas por el participante).
- El administrador del plan debe mantener documentación que apoye al plan y al interés beneficiario de los participantes.
- La cuenta debe estar titulada apropiadamente con el banco como cuenta de beneficios para empleados.
Cuando se cumplan todos estos requisitos, la FDIC asegurará el interés de cada participante del plan hasta $250,000, aparte de cualquier otra cuenta que el empleador o empleado tengan en la misma institución asegurada por la FDIC. la FDIC a menudo se refiere a esta cobertura como "cobertura de traspaso" ("pass-through coverage" en inglés) porque la cobertura del seguro se transfiere o pasa a través del empleador (agente) que estableció la cuenta al empleado considerado como propietario de los fondos.
Aun cuando los planes tengan derecho a una cobertura de traspaso, la cobertura del seguro de depósito no puede determinarse simplemente multiplicando el número de participantes por $250,000, ya que los participantes del plan a menudo tienen intereses diferentes en el plan.
Para determinar el monto máximo que un plan puede tener depositado en un solo banco y permanecer asegurado en su totalidad, el administrador del plan primero debe identificar al participante que tiene la participación más grande de los activos del plan y calcular su participación como un porcentaje de los activos totales del plan. Después, el administrador del plan debe dividir $250,000 por ese porcentaje para calcular el saldo máximo asegurado que un plan puede tener depositado en un banco.
Ejemplo 6: Plan de Beneficios para Empleados Que Califica para Una Cobertura de "Traspaso" ("Pass-Through Coverage", En Inglés)
La clínica veterinaria "Mi Mascota Feliz" tiene un plan de participación en las ganancias para sus empleados.
Título de la Cuenta | Saldo de la Cuenta |
---|---|
Plan de Beneficios de la Clínica Veterinaria "Mi Mascota Feliz" | $700,000 |
Participantes del Plan | Participación en el Plan | Participación de Depósitos | Monto Asegurado | Monto No Asegurado |
---|---|---|---|---|
Dr. García | 35% | $245,000 | $245,000 | $0 |
Dr. Ruiz | 30% | $210,000 | $210,000 | $0 |
Técnico Cruz | 20% | $140,000 | $140,000 | $0 |
Técnico Garza | 15% | $105,000 | $105,000 | $0 |
Total de Plan | 100% | $700,000 | $700,000 | $0 |
Explicación
Los $700,000 depositados en este plan de beneficios para empleados están asegurados en su totalidad. Puesto que la participación del Dr. García de los $700,000 depositados (35% de $700,000 = $245,000) es menor que $250,000 y las participaciones de todos los demás que forman parte del depósito también son menores que $250,000, el monto está asegurado en su totalidad.
Para determinar el saldo máximo que permanecerá asegurado en un plan de beneficios para empleados, divida $250,000 por el porcentaje de activos del participante del plan que tenga el mayor interés. En este ejemplo, el saldo máximo asegurado para este plan es $714,285. Este monto se calcula de la siguiente manera: $250,000 dividido por 35% o 0.35 = $714,285.
Los participantes del plan que deseen obtener más información acerca del modo en que están asegurados los depósitos de un plan de beneficios para empleados deberían consultar con el administrador del plan.
Dato Clave de la FDIC
Los depósitos que se encuentren en planes de beneficios para empleados que no sean elegibles para cobertura de traspaso ("pass-through coverage" en inglés), como planes de salud o bienestar social, se aseguran hasta $250,000 por banco. por lo general, los planes de salud y bienestar no reúnen los requisitos para una cobertura de traspaso porque los intereses de los participantes no pueden determinarse. Un participante recibirá pagos del plan basados en las reclamaciones que presente independientemente de cualquier interés de titularidad específica en el plan.
Cuentas de Corporaciones/Sociedades/Asociaciones No Incorporadas
Los depósitos de las corporaciones/sociedades/asociaciones no incorporadas, incluidas las organizaciones con o sin fines de lucro, están asegurados bajo la misma categoría de titularidad. Dichos depósitos se aseguran por separado de los depósitos personales de los propietarios de la organización, accionistas, socios o miembros.
Las asociaciones no incorporadas que Típicamente están aseguradas en esta categoría son iglesias y otras organizaciones religiosas, organizaciones comunitarias y cívicas y clubes sociales.
Para reunir los requisitos para la cobertura de seguro en esta categoría, una corporación, sociedad o asociación no incorporada debe realizar una "actividad independiente", lo que significa que la entidad debe funcionar principalmente con un objetivo definido, y no con el propósito de incrementar la cobertura de seguro.
Todos los depósitos que sean propiedad de una corporación, sociedad o asociación no incorporada en el mismo banco se combinan y se aseguran hasta $250,000.
Las cuentas que pertenecen a la misma corporación, sociedad o asociación no incorporada pero que fueron designadas con otros propósitos no se aseguran en forma separada.
Por ejemplo: si una corporación tiene una cuenta operativa y también una cuenta en reserva en el mismo banco, la FDIC sumaría las dos cuentas y aseguraría los fondos hasta $250,000. de la misma manera, si una corporación tiene divisiones o unidades que no han sido incorporadas por separado, entonces la FDIC combinaría las cuentas de depósito de esas divisiones o unidades con cualquier otra cuenta de depósito que tenga la corporación en el mismo banco y el total estaría asegurado hasta $250,000.
La cobertura de seguro no se ve afectada por la cantidad de socios, miembros o firmantes que tiene una corporación, sociedad o asociación no incorporada.
Por ejemplo: la FDIC asegura los depósitos que pertenecen a una asociación de propietarios de vivienda en un banco asegurado hasta $250,000 en total, y no $250,000 por cada integrante de la asociación.
Dato Clave de la FDIC
Las cuentas a nombre de un negocio propio no se aseguran bajo esta categoría de titularidad, sino que se aseguran como los depósitos de una cuenta individual del titular, sumados a las demás cuentas individuales del titular, si las tuviera, en el mismo banco y el total se aseguraría hasta $250,000.
Cuentas del Gobierno
La categoría conocida como cuentas del gobierno (también denominadas cuentas de unidad pública) incluye las siguientes cuentas de depósito pertenecientes a:
- Los Estados Unidos, incluidas las agencias federales
- Cualquier estado, condado o municipio (o una subdivisión política de cualquier estado, condado o municipio), el Distrito de Columbia, Puerto Rico y otras posesiones o territorios del gobierno
- Una tribu indígena
La cobertura del seguro de depósito de una cuenta del gobierno se diferencia en el sentido de que la cobertura se extiende al custodio oficial de los depósitos que pertenecen al gobierno o unidad pública, en vez de a la unidad gubernamental misma.
Las cuentas mantenidas por un custodio oficial de una unidad gubernamental se asegurarán como sigue:
Cuentas dentro del estado:
- Hasta $250,000 para el monto combinado de todas las cuentas a plazo y de ahorros (incluidas las cuentas NOW)
- Hasta $ 250,000 para el monto combinado de todas las cuentas a la orden que devengan o no devengan intereses (desde el 21 de julio del 2011, está permitido que los bancos paguen intereses sobre cuentas de depósito a la orden).
Cuentas fuera del estado:
- Hasta $250,000 para el monto combinado de todas las cuentas de depósito
Dato Clave de la FDIC
Una cuenta NOW (Negotiable Order of Withdrawal) es un depósito de ahorros y no es una cuenta de depósito a la orden.
Para saber más sobre la cobertura de seguro de depósito de cuentas del gobierno, consulte la hoja de datos de la FDIC titulada - Deposit Insurance for Accounts Held by Government Depositors en: www.fdic.gov/deposit/deposits/factsheet.html
En Resumen: Uso de Múltiples Categorías de Titularidad
La FDIC ofrece cobertura por separado para fondos que los depositantes tengan en el mismo banco asegurado si los depósitos se encuentran en diferentes categorías de titularidad. para poder ser elegible para esta cobertura ampliada, debe cumplir los requisitos para la cobertura del seguro en cada una de las categorías de titularidad.
El ejemplo a continuación muestra cómo una familia de cinco (esposo, esposa y tres hijos) podrían ser elegibles para recibir hasta $3.5 millones en cobertura de la FDIC en un banco asegurado. Este ejemplo supone que los fondos se encuentran en productos de depósito calificados en un banco asegurado y que estas son las únicas cuentas que la familia tiene en el banco.
Nota: El único fin de este ejemplo es describir el uso de distintas categorías de titularidad de cuenta y no pretende ofrecer consejos sobre la planificación de la sucesión hereditaria.
Ejemplo 7: Cobertura del Seguro para Un Esposo y Una Esposa con Cuentas de Depósito en Múltiples Categorías de Titularidad
Título de la Cuenta | Categoría de Titularidad de la Cuenta | Titular (ES) | Beneficiario (S) | Máximo Monto Asegurable |
---|---|---|---|---|
Esposo | Cuenta Individual | Esposo | $250,000 | |
Esposa | Cuenta Individual | Esposa | $250,000 | |
Esposo y Esposa | Cuenta Conjunta | Esposo y Esposa | $500,000 | |
POD del Esposo | Cuenta de Fideicomiso Revocable | Esposo | Esposa | $250,000 |
POD de la Esposa | Cuenta de Fideicomiso Revocable | Esposa | Esposo | $250,000 |
Fideicomiso Activo de los Esposos | Cuenta de Fideicomiso Revocable | Esposo y Esposa | Hijo 1 Hijo 2 Hijo 3 |
$1,500,000 |
Ira del Esposo | Ciertas Cuentas de Jubilación | Esposo | $250,000 | |
Ira de la Esposa | Ciertas Cuentas de Jubilación | Esposa | $250,000 | |
Total | $3,500,000 |
Explicación
Categoría de titularidad de cuenta individual
La FDIC combina todas las cuentas individuales propiedad de una misma persona en el mismo banco y las asegura hasta $250,000. los depósitos que el esposo tiene en su cuenta individual no superan los $250,000, por lo tanto están totalmente asegurados. Lo mismo se puede decir de los depósitos que tiene la esposa en su cuenta individual. Ambas cuentas están totalmente aseguradas.
Categoría de titularidad de cuenta conjunta
El esposo y la esposa tienen una cuenta conjunta en el banco. la FDIC combina la participación de cada cotitular en todas las cuentas conjuntas del banco y asegura el total de cada uno hasta $250,000. la participación del esposo en todas las cuentas conjuntas del banco es igual a la mitad de la cuenta conjunta o $250,000, por lo tanto su participación está totalmente asegurada. la participación de la esposa en todas las cuentas conjuntas del banco es igual a la mitad de la cuenta conjunta o $250,000, por lo tanto su participación también está totalmente asegurada.
Categoría de titularidad de cuenta de fideicomiso revocable
Para determinar la cobertura del seguro de una cuenta de fideicomiso revocable, la FDIC primero determina el monto de los depósitos del fideicomiso que corresponden a cada titular. En este ejemplo:
- La participación del esposo = $1,000,000 (100% de la cuenta POD del esposo nombrando a la esposa como beneficiaria y 50% de la cuenta de fideicomiso activo del esposo y su esposa identificando a los hijos 1, 2 y 3 como beneficiarios)
- La participación de la esposa = $1,000,000 (100% de la cuenta POD de la esposa nombrando al esposo como beneficiario y 50% de la cuenta de fideicomiso activo del esposo y su esposa identificando a los hijos 1, 2 y 3 como beneficiarios)
En segundo lugar, la FDIC determina el número de beneficiarios para cada titular. En este ejemplo, cada titular tiene cuatro beneficiarios diferentes (esposo/a, hijo 1, hijo 2 e hijo 3). Cuando el titular de un fideicomiso revocable nombra cinco beneficiarios o menos, el titular está asegurado hasta $250,000 por cada uno de los beneficiarios. la participación del esposo en los depósitos del fideicomiso revocable se asegura hasta $1,000,000 ($250,000 por cuatro beneficiarios = $1,000,000). la participación de la esposa en los depósitos del fideicomiso revocable se asegura hasta $1,000,000 ($250,000 por cuatro beneficiarios = $1,000,000).
Categoría de titularidad de ciertas cuentas de jubilación
La FDIC suma todas las cuentas de jubilación que tiene una misma persona en un mismo banco y asegura el total hasta $250,000. El esposo y la esposa tienen cada uno una cuenta IRA en el banco con un saldo de $250,000. Puesto que cada cuenta está dentro del límite del seguro, los fondos están totalmente asegurados.
Situaciones de Titularidad Específicas
Cuentas Fiduciarias
¿Qué son las cuentas fiduciarias?
Las cuentas fiduciarias son cuentas de depósito propiedad de una parte y mantenidas en calidad de fideicomiso por otra parte. las relaciones fiduciarias pueden incluir, pero no están limitadas a, un agente, una persona designada, un tutor, un albacea o un custodio. las cuentas fiduciarias comunes incluyen las Cuentes de Transferencia Uniforme a Menores, las cuentas de depósito en garanTía, las cuentas de fideicomiso de abogado (IOLTA) y las cuentas de depósito obtenidas a través de un intermediario.
¿Cuáles son los requisitos de la FDIC para las cuentas fiduciarias?
La relación fiduciaria de la cuenta debe ser divulgada en los registros de cuentas de depósito del banco (por ej., "Isabel Luna como Custodio de Susie Luna" o "Primera Compañía de Títulos de Propiedades, Cuenta de depósito en garanTía para titular"). El nombre y el interés de propiedad de cada titular de la cuenta deben poder determinarse a través de los registros de cuentas de depósito del banco asegurado o los registros del intermediario (o de alguna persona o entidad que haya acordado mantener los registros para el intermediario).
Se aplican reglas especiales de divulgación para las relaciones fiduciarias con varios niveles. Si un intermediario reúne los depósitos de diversos titulares en una cuenta y se cumple la normativa de divulgación, los depósitos de cada titular estarán asegurados como los depósitos de ese titular.
¿Cómo asegura la FDIC los fondos depositados por un fiduciario?
Los fondos depositados por un fiduciario en representación de una persona o entidad (el titular) se aseguran como los depósitos del titular siempre que se cumplan los requisitos de las cuentas fiduciarias.
¿Se aseguran por separado los fondos depositados por un fiduciario de las otras cuentas de depósito que tenga un titular en el mismo banco?
Los fondos depositados por un fiduciario en representación de una persona o entidad (el titular) se suman a cualquier otro depósito que el titular tenga en la misma categoría de titularidad en el mismo banco, y se aseguran hasta el límite aplicable.
Por ejemplo: Un corredor adquiere un CD por $250,000 en representación de un cliente en el banco ABC. El cliente ya tiene una cuenta de cheques a su nombre en el banco ABC con $15,000. las dos cuentas se suman y se aseguran hasta $250,000 como una cuenta de la categoría de titularidad individual. Puesto que los depósitos del cliente en la categoría de titularidad individual suman a $265,000, quedarían $15,000 no asegurados.
Cuentas de Ahorros para la Salud
¿Qué es una cuenta de ahorros para la salud?
Una cuenta de ahorros para la salud (HSA, por sus siglas en inglés) es un fideicomiso o depósito custodial clasificado como exento de impuestos por el IRS, que se establece con un fiduciario calificado en HSA, como un banco asegurado por la FDIC, para pagar o reembolsar al depositante por ciertos gastos médicos.
¿Cómo asegura la FDIC una cuenta de ahorros para la salud (HSA)?
Una HSA, como cualquier otro depósito, se asegura según el titular de los fondos y si hay beneficiarios nombrados. Si un depositante abre una cuenta de ahorros para la salud (HSA) y nombra beneficiarios, ya sea en el acuerdo de la cuenta o en los registros del banco, la FDIC asegura el depósito bajo la categoría de titularidad de cuenta de fideicomiso revocable. Si un depositante abre una HSA sin nombrar beneficiarios, la FDIC asegura el depósito bajo la categoría de titularidad de cuenta individual.
¿Qué Título debe ponerse a una HSA?
La identificación de un depósito como una cuenta de ahorros para la salud (HSA), p.ej., "HSA de Juan García", es suficiente para titular el depósito y así satisfacer los requisitos de cobertura para una cuenta individual o cuenta de fideicomiso revocable, dependiendo de si se han nombrado beneficiarios elegibles.
Cuentas de Servicio Hipotecario
¿Cómo se aseguran las cuentas de servicio hipotecario?
Las cuentas de servicio hipotecario son cuentas mantenidas por un prestador de servicio hipotecario, en calidad de custodio u otra calidad fiduciaria, que consisten en pagos de principal e interés (P&I) hechos por los deudores o prestatarios hipotecarios.
Se asegura el saldo cumulativo pagado a la cuenta por los prestatarios, con cobertura proporcionada al prestador de servicio hipotecario, o inversor hipotecario, por hasta $250,000 por deudor hipotecario (el prestatario). la cobertura de cada cuenta P&I se calcula por separado si el prestador de servicio hipotecario, o inversor hipotecario, ha establecido múltiples cuentas P&I en el mismo banco.
Por ejemplo, un prestador de servicio hipotecario cobra de cada uno de mil prestatarios su pago hipotecario mensual de $2,000 (P&I), y deposita los fondos en una cuenta de servicio hipotecario. ¿Está asegurado el saldo total de la cuenta de servicio hipotecario del prestador de servicio hipotecario?
Sí, la cuenta está completamente asegurada porque el pago de $2,000 (P&I) hecho por cada deudor hipotecario está asegurado por separado por hasta $250,000.
Aunque los prestadores de servicio hipotecario a menudo recaudan impuestos para cuentas de depósito en garanTía y primas de seguro (T&I), estas cuentas se mantienen por separado y no se consideran cuentas de servicio hipotecario para efectos del seguro. los depósitos T&I pertenecen a los deudores hipotecarios en espera del pago de sus impuestos de bienes raíces y/o prima de seguro de bienes raíces a la autoridad tributaria o compañía de seguros. los depósitos T&I se aseguran mediante el traspaso o transferencia del seguro a cada deudor hipotecario individual.
Cuentas de Ahorros Educativos Coverdell
¿Cómo se aseguran las cuentas de ahorros educativos Coverdell?
Una cuenta de ahorros educativos Coverdell se asegura como una cuenta de fideicomiso irrevocable. Aunque esta cuenta se suele llamar una "IRA educativa", en realidad no tiene nada que ver con la jubilación y por lo tanto no se asegura como cuenta de jubilación autodirigida. Es un compromiso irrevocable creado con el fin de pagar los gastos educativos calificados de un beneficiario designado.
Preguntas Frecuentes
Cambios Bancarios
¿Qué sucede con mis depósitos si mi banco quiebra?
En el caso poco probable de un quiebre bancario, la FDIC actúa rápidamente para proteger a los depositantes asegurados concertando una venta a un banco en buenas condiciones, o pagando a los depositantes directamente por sus cuentas de depósito hasta el límite del seguro.
-
Compra y transacción al asumir: Este es el método preferido y más común, según el cual un banco en buenas condiciones asume los depósitos asegurados del banco quebrado. los depositantes asegurados del banco quebrado se convierten inmediatamente en depositantes del banco que asume y tienen acceso a sus fondos asegurados. El banco que asume también puede comprar préstamos y otros activos del banco quebrado.
Es importante que los titulares de cuentas entiendan que su contrato de depósito era con el banco quebrado y se considera nulo al quebrar el banco. la institución que asume no tiene ninguna obligación de mantener ni las tasas de interés ni los términos del contrato de cuenta del banco quebrado. los depositantes del banco quebrado, sin embargo, tienen la opción de establecer una cuenta nueva con la institución adquirente o retirar algunos o todos sus depósitos sin penalización.
- Liquidación de los depósitos: Cuando ningún banco realiza la adquisición de los depósitos, la FDIC paga directamente al depositante con un cheque por el valor del saldo asegurado en cada cuenta. Dichos pagos suelen iniciarse a los pocos días de cerrar el banco.
¿Qué sucede con mi cobertura de seguro si tengo depósitos en dos bancos asegurados que se fusionan?
Cuando dos o más bancos se fusionan, los depósitos del banco asimilado se aseguran por separado de los depósitos en el banco adquirente por un mínimo de seis meses a partir de la fusión. Este período de gracia le da al depositante la oportunidad de reestructurar sus cuentas, si es necesario.
Los CDs del banco asimilado se aseguran por separado hasta la fecha de vencimiento después de finalizado el período de gracia de seis meses. los CDs que vencen durante el período de seis meses y que se renuevan para el mismo plazo y en el mismo valor monetario (ya sea con interés acumulado o sin él) siguen asegurados por separado hasta la primera fecha de vencimiento después del período de seis meses. Si un CD vence durante el período de gracia de seis meses y se renueva con cualquier otro criterio, estaría asegurado sólo hasta el final del período de gracia de seis meses.
Es de notar que en situaciones de un quiebre bancario en las que el depositante ya tiene depósitos en el banco adquirente, el período de gracia descrito arriba también se aplicaría a sus depósitos.
Muerte del Titular de Una Cuenta o Beneficiario
¿Qué sucede con la cobertura del seguro después del fallecimiento del titular?
La FDIC asegura las cuentas de un fallecido como si la persona estuviera aún viva hasta 6 meses después de fallecer el titular de la cuenta. Durante este período de gracia, la cobertura de seguro de las cuentas del titular no cambiará, a menos que las cuentas sean reestructuradas por las personas autorizadas para hacerlo. Además, la FDIC no aplicará este período de gracia si éste resulta en una cobertura menor.
¿Cómo se ve afectada la cobertura del seguro tras la muerte de un beneficiario de un fideicomiso revocable informal (por ejemplo, una cuenta POD)?
No existe periodo de gracia si fallece el beneficiario de una cuenta POD. En la mayoría de los casos, la cobertura del seguro de dichos depósitos se reduciría de inmediato.
Por ejemplo: Una madre deposita $500,000 en una cuenta POD en un banco asegurado y ha nombrado a sus dos hijos beneficiarios en los registros de cuentas del banco. Mientras que el titular y los dos beneficiarios estén vivos, la cuenta se asegura hasta $500,000 ($250,000 por dos beneficiarios = $500,000). Si fallece un beneficiario, la cobertura del seguro para la cuenta POD de la madre se reduce inmediatamente a $250,000 ($250,000 por un beneficiario = $250,000).
¿De qué manera afecta el fallecimiento de un beneficiario de un fideicomiso revocable formal a la cobertura del seguro?
Del mismo modo que para los fideicomisos revocables informales, el período de gracia de seis meses no se aplica al fallecimiento de un beneficiario nombrado en una cuenta de fideicomiso revocable formal. Sin embargo, los términos del fideicomiso revocable formal pueden prever un beneficiario sucesor u otro tipo de redistribución de los depósitos del fideicomiso. En función de estos términos, la cobertura de seguro puede cambiar o no..
Para Más Información de la FDIC
Llame al número de teléfono gratuito
1-877-ASK-FDIC (1-877-275-3342)
Línea para personas con deficiencias auditivas
1-800-925-4618
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Utilice el estimador del seguro de depósito electrónico de la FDIC en línea en: https://edie.fdic.gov/esp/
Lea más sobre el seguro de la FDIC en línea en: www.fdic.gov/quicklinks/spanish.html
Revise las preguntas más frecuentes sobre la cobertura del seguro de depósito en: https://edie.fdic.gov/esp/fdic_info.html
Solicite productos del seguro de depósito de la FDIC en línea en: https://catalog.fdic.gov/
Envíe sus preguntas por correo electrónico
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Envíe sus preguntas a Federal Deposit Insurance Corporation Attn: Deposit Insurance Outreach 550 17th Street, NW Washington, DC 20429